Edición Nro. 1845 - Punta del Este / Uruguay
enfoques 5 de diciembre de 2013
 
 
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INFORME ESPECIAL f
EDISON GONZÁLEZ LAPEYRE
El Puerto de Aguas Profundas
  • enfoques sigue publicando la opinión del Dr. Edison González Lapeyre sobre el tema de su especialidad: Puerto de Aguas Profundas, La Paloma, Rocha. (Segunda entrega sobre un total de seis publicaciones)

Resumen:

  • «...pensar en un puerto de aguas profundas en este balneario (La Paloma) es un verdadero disparate, porque el puerto está mal construido ya que está mal orientado contra las corrientes; no tiene diques que eviten el embancamiento, y además de carecer de la infraestructura necesaria, que incluya carreteras adecuadas, vías férreas, un astillero para el carenado de los barcos, talleres para su reparación y un sinnúmero de servicios indispensables, implica afectar un punto de gran interés turístico como La Paloma» (Ingeniero Bao)

2.-  Propósito de este breve trabajo.-  Durante el período en que cumplí funciones en la ANP y posteriormente, contratado por una consultora, tuve oportunidad de visitar algunos de los puertos más importantes del Mundo y ser seleccionado para dictar uno de los cursos de la Academia de Derecho Internacional de La Haya en 2004 sobre  "Transport maritime et régime portuaire", que ha sido publicado en el Recueil des Cours, de esa Academia. En ese lapso y por esas circunstancias, pude enriquecer mis conocimientos en materia portuaria y trasladarlos a la realidad de nuestro país.
  Por mi especialización, no estoy en condiciones de analizar aspectos de este emprendimiento referidos al impacto  ambiental o  a los efectos negativos o perjudiciales que podría tener el desarrollo de una terminal en el área de Palenque, desde el punto de vista turístico.
   Sin perjuicio de ello, estimo que estoy en condiciones de reflexionar sobre la viabilidad fáctica de esta iniciativa ya transformada en ley si la misma, para su concreción, va a depender de la inversión privada.
   Este es el propósito de este breve trabajo que el autor espera, pueda permitir un enfoque más realista del proyecto de puerto de aguas profundas.
3.- La situación actual.- La construcción de un puerto de aguas profundas en el departamento de Rocha se ha transformado en un tema de sumo interés habida cuenta de que el Presidente Mujica lo ha considerado uno de los dos objetivos prioritarios de su gobierno, habiendo merecido el apoyo del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Colorado.
  En ese escenario se  anunció, primariamente, el lugar donde se  prevé su construcción en el paraje denominado “Palenque” y  luego, por la ley No. 19.046 de 4 de enero de 2013, se amplió esa área al disponerse que, ese emprendimiento, se localizaría en la zona denominada entre Cabos que comprende los balnearios Mar del Plata, El Palenque y San Francisco.
  Si bien, la ley mencionada que examinaremos más adelante, no lo precisa, ha trascendido que el Poder Ejecutivo estima que la concreción de un proyecto de tanta envergadura se llevaría a cabo con la participación del  Estado y empresas privadas, en el régimen previsto en la ley No. 18.786, publicada en el Diario Oficial del 9 de febrero de 2012.
4.- La ley No. 19.046.-  El Señor Presidente de la República, en acuerdo con los ministros del ramo, aprobó con fecha 4 de enero de 2013, la ley No. 19.046 que está constituida por un artículo único que establece:
  “Declárase habilitado un puerto de aguas profundas situado en las costas del Océano Atlántico, en la 10ª. Sección Catastral del departamento de Rocha, en la zona denominada entre Cabos, cuyo frente marítimo comprende los balnearios Mar del Plata, El Palenque y San Francisco, entre los puntos con las coordenadas geográficas 34º. 32´17” latitud sur -54º 03´38” longitud oeste y 34º.30´59” latitud sur – 54º. 01´39”oeste.
  Las obras portuarias y de infraestructura que allí se proyecten localizar y las actividades a desarrollarse, deberán contar  previamente con todas las habilitaciones y autorizaciones que la normativa vigente exigen, en especial las relativas al ordenamiento territorial y la protección del medio ambiente.
  El Poder Ejecutivo informará a la Asamblea General, una vez cumplidas las exigencias establecidas en el inciso anterior”.
    La redacción de este artículo único de la ley 19.046 es sorprendente y lo es por las siguientes consideraciones:
a)    Se habilita, es decir, como indica el diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, habilitar es “hacer  una persona o cosa hábil, apta o capaz para aquello que antes no lo era”.
Parece claro que no se puede habilitar, o declarar apto o capaz a un puerto de aguas profundas que no existe.  Es cierto que el artículo 85 inciso 9 de la Constitución le otorga a la Asamblea General la potestad de “habilitar puertos”, pero la expresión puertos, comprende, como expresa el decreto-Ley argentino No. 20.094/ 73, en su artículo 2 9 un espacio comprendido por agua, diques, muelles, bahías, lugares de fondeo, escolleras y canales de acceso con su derivación en  tierra de equipamientos, vías de comunicación etc  o como establece el decreto uruguayo reglamentario de la ley de puertos No. 412/992 de 1º de septiembre de 1992 que
define,  al recinto portuario, que estimamos es asimilable al concepto de puerto. al “conjunto de espacios terrestres, infraestructuras e instalaciones que situados en la ribera del mar o de los ríos, reúnan condiciones físicas, naturales o artificiales y de organización que permitan la realización de : operaciones de tráfico portuario, así como el interior de las aguas portuarias, que abarcará los espacios incluidos dentro de la línea exterior de los diques de abrigo y las zonas necesarias de acceso, atraque y virada, donde no existan éstos”  1.
  Es obvio que las playas que se encuentran en la zona entre Cabos de Mar del Plata, San Francisco y Palenque, no son puertos y, por ende, no pueden ser habilitadas como tales.
b)     La ley 19.046  precisa que las obras portuarias y demás construcciones deberán contar con “todas las habilitaciones y autorizaciones que la normativa vigente exige”. Como dice el Presidente Mujica,  “ ¡  Chocolate por la noticia…! ” No era necesario que lo dijera esta  ley, resulta del ordenamiento jurídico vigente.
c)    Algo que debió decir, y no dice la ley 19.046, es que la construcción de este puerto de aguas profundas, en la zona indicada, es de necesidad o utilidad públicas, conforme al art. 32 de la Constitución,  que permitiría la expropiación de los predios a utilizar para ese emprendimiento.
Para llevar a cabo esas expropiaciones se va a requerir otra ley  que efectúe esa declaración y, además, la provisión de los fondos necesarios habida cuenta que los afectados por las mismas tienen derecho a  recibir una previa y justa compensación, como establece la Carta Magna.
  1.- González Lapeyre, Edison, Transport Maritime et Régime Portuaire, Recueil des Cours, tome 308, 2005,Leiden/Boston, pp.336-340, González Lapeyre, Edison, Transporte Marítimo, Montevideo 2001,pp.84-86, en ambas publicaciones se ofrecen definiciones diversas de lo que se debe entender por puerto.

Ahora bien, esta ley, aprobada en pleno período de las fiestas navideñas y el año nuevo no sólo carece de un contenido adecuado al propósito que la inspiró, sino que significa poner la carreta delante de los bueyes.
Y decimos que se ha puesto la carreta delante de los bueyes, porque primero, es decir, antes de habilitar un puerto que no existe, se debieron realizar los estudios correspondientes y luego de efectuados esos estudios, establecida la viabilidad de esa obra, autorizar la presentación de proyectos para llevarla a cabo
Cuando el diputado Lacalle Pou, hizo un análisis muy profundo de esta iniciativa concluyendo en que no era viable, por el momento y distinguidos especialistas como el Doctor Oribe Stemmer y los capitanes de Navío Flangini, Abadie y Baliñas se han expedido en el mismo sentido, esta ley parece, por lo menos, precipitada y discorde con el propósito que la motivó.
En síntesis: la Ley 19.046, que se aprobó en forma precipitada, declara habilitado un puerto que no existe, establece que las leyes vigentes deben cumplirse y tuvo la intención fallida de promover un enorme emprendimiento , sin los estudios previos indispensables que justifiquen el esfuerzo que el país deberá realizar para su construcción.
(Continuará próxima edición, jueves 12 de diciembre)




ADVERTENCIA: Los artículos periodísticos firmados son de la exclusiva responsabilidad de sus autores. La Dirección.







 

 

 



 

 

 


Prensa Uruguaya e Independiente
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 DICIEMBRE 2013

RIDDICK

Traicionado por su propia especie y dado por muerto en un planeta desolado, Riddick (Vin Diesel) lucha por la supervivencia contra depredadores alienígenas convirtiéndose en un ser más poderoso y peligroso que nunca. Tercera entrega de la saga iniciada en "Pitch Black" y continuada en "Las crónicas de Riddick"
Director: David Twohy
Reparto: Vin Diesel, Jordi Mollà, Matt Nable, Katee Sackhoff
Duración: 119 min.
Calificación: AM 12

UN CAMINO HACIA MÍ

El joven Duncan atraviesa unas extrañas vacaciones junto a su madre Pam, su prepotente novio Trent y la hija de él, Steph. A pesar de que para Duncan es difícil sentirse integrado y encontrar su lugar, descubre a un amigo en Owen, el extrovertido empleado del parque acuático donde consigue trabajo. En el transcurso del verano y a medida de que su madre se aleja cada vez más, el adolescente, estimulado por Owen, comienza a abrirse y a encontrar su propio camino.
Una película divertida, conmovedora e inolvidable.
DIRECTOR
Nat Faxon, Jim Rash
GUIÓN
Nat Faxon, Jim Rash
REPARTO
Steve Carell, Toni Collette, Allison Janney, Sam Rockwell

EL ABOGADO DEL CRIMEN

El legendario realizador de cine Ridley Scott y el autor ganador del Premio Pulitzer, Cormac McCarthy (No Es País para Viejos) han unido fuerzas en el thriller EL ABOGADO DEL CRIMEN, protagonizado por Michael Fassbender, Penélope Cruz, Cameron Diaz, Javier Bardem y Brad Pitt. McCarthy, realiza su debut como guionista y Scott entreteje el ingenio característico del autor y el humor negro con un escenario de pesadilla, en donde un respetado abogado coquetea por primera vez con un acuerdo de negocio que se sale de control.
Título Original: The Counselor
Director: Ridley Scott
Actores: Michael Fassbender, Penélope Cruz, Cameron Díaz,
Javier  Bardem, Brad Pitt
Duración: 111 min.  Calificación: AM 18

DIANA


Diana gira en torno a un supuesto romance secreto entre la difunta princesa de Gales (Lady Di) y el doctor Hasnat Kahn, de quien se dice que fue el amor de su vida. Al parecer, Diana conoció a Hasnat en 1995 e iniciaron una relación durante dos años tan seria, que la mujer incluso pensó en convertirse al Islam.
Con tan solo 36 años, Diana de Gales pierde la vida de forma trágica en un accidente de coche junto a su pareja, Dodi Al-Fayed. Sin duda un hecho que escandalizó no solo a la Realeza británica sino a todo el mundo.
Un recorrido por su vida, de la mano de Naomi Watts (King Kong o Lo imposible) que interpreta el papel de "la princesa del pueblo", como la llamaban, y en dónde podremos hacernos una idea de lo que fue la aventura o relación que mantuvo en secreto con el doctor Hasnat Kahn, papel interpretado por Naveen Andrews (El paciente inglés Mi gran amigo Joe).
Director: Oliver Hirschbiegel
Actores: Naomi Watts, Naveen Andrews
Guión: Stephen Jeffreys
Duración: 113 min.
Calificación: S/C

VINO PARA ROBAR

Sebastián (Hendler) conoce a Natalia (Bertuccelli) cuando está intentando robar una importante pieza de arte de un museo, y ella le gana de mano. Rivales declarados, los dos tendrán que trabajar juntos más adelante, en un robo más complejo: una valiosa y única botella de Malbec de Burdeos de mediados del siglo XIX, catalogada como uno de los mejores vinos del mundo y celosamente guardada en la bóveda de un banco, en Mendoza. En un universo lleno de glamour, entre viñedos y montañas, los ladrones tendrán que desplegar su magia, pero mientras preparan el robo descubrirán, cada uno por su lado, que nada resultará como lo pensaron.
En tono de comedia y ambientada en las más bellas locaciones mendocinas ‐bodegas, viñedos, paisajes imponentes, mansiones y hoteles de lujo‐, la película retoma un género muy transitado por el cine americano: el caper, o película de planeamiento y ejecución de un robo. Como la famosa saga de Ocean’s Eleven (La gran estafa), aquí seguiremos las peripecias de un trío de ladrones profesionales que esta vez deberán enfrentar un desafío nuevo.
Por el humor en la construcción de personajes y situaciones (un sello irrenunciable de Ariel Winograd), el film recuerda películas como A Fish called Wanda (Los enredos de Wanda), o The hot rock (Un diamante al rojo vivo). Igual que estas, Vino para robar está llena de acción y sorpresas, romance y diversión.
Título Original: Vino para robar
Director: Ariel Winograd
Actores: Daniel Hendler, Valeria Bertuccelli, Martín Piroyansky, Pablo Rago
Duración: 103 min. Calificación: APTA

BLUE

“Blue Jasmine”, lo último de Woody Allen, trata sobre la crisis de una ama de casa neoyorquina.
Después de que todo en su vida se cae a pedazos, incluyendo su matrimonio con el adinerado empresario
Hal (Alec Baldwin). La distinguida dama de la alta sociedad neoyorquina Jasmine (Cate Blanchett) se muda al modesto
apartamento de su hermana Ginger en San Francisco, para intentar recuperarse de su profunda crisis junto a ella.
DIRECTOR
Woody Allen
GUIÓN
Woody Allen
REPARTO
Cate Blanchett, Alec Baldwin, Peter Sarsgaard

SÉPTIMO

Un padre. Dos hijos. Un juego. A ver quién baja primero a la calle desde el séptimo piso en el que viven: el padre en el ascensor, o los niños por las escaleras. El padre llega a la planta baja, como siempre, pero los niños esta vez no bajan. No hay rastro de ellos. A partir de ahí, comienza la búsqueda frenética de un padre (Ricardo Darín) y una madre (Belén Rueda) por encontrar a sus hijos. ¿Dónde están? ¿Qué les ocurrió? ¿Por qué a ellos?
Director: Patxi Amezcua
Elenco: Ricardo Darín, Belén Rueda, Luis Zembrowski, Jorge D’Elía
Duración: 88 min.
Calificación: Apta para todo público

LIFE TEATRO
TEATRO EN COSTA URBANA
 

 
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