Edición Nro. 2072 - Punta del Este / Uruguay
enfoques 22 de junio de 2018
 
 
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EL COMERCIO
Indecopi multa a Latam por cambios y cancelaciones
  • En un plazo de 30 días, la aerolínea deberá devolver el dinero de los pasajes a los afectados
  • La Sala Especializada en Protección del Consumidor (SPC) del Tribunal del Indecopi ha sancionado con una multa de S/653.085 (157,37 UIT) a Latam Perú por por la demora, reprogramación y cancelación de 301 vuelos

A través de la Resolución 1426-2018/SPC, se señala que la empresa infringió el deber de idoneidad, pues la aerolínea denunciada no pudo acreditar -mediante la presentación de medios probatorios pertinentes- que ello escapó de su control. Ello, pese a haber sostenido en su defensa que la mayoría de las demoras, cancelaciones y reprogramaciones de dichos vuelos se habrían debido a hechos fortuitos o de fuerza mayor.
De otro lado, la SPC de Indecopi dispuso como medida correctiva que Latam Perú devuelva el dinero de los pasajes a aquellos consumidores que adquirieron su billete, registraron su embarque y no pudieron viajar debido a la demora, reprogramación y cancelación de los vuelos materia de sanción. El plazo para hacer la devolución es de 30 días útiles; es decir, hasta el 31 de julio de 2018.
El pago respectivo lo realizará directamente la aerolínea, sin que los consumidores tengan que gestionarlo. Por tanto, informa la SPC, no será necesario que los consumidores presenten el boleto aéreo como medio probatorio para acreditar la contratación del servicio.
En ese sentido, Latam Perú deberá presentar los medios probatorios ante la Comisión de Protección al Consumidor de la Sede Lima Norte que acrediten el cumplimiento de la medida correctiva ordenada. De lo contrario, se le podrá imponer una multa coercitiva.

 




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La pregunta indiscreta
¿Ante la ola de huelgas anunciadas en la Enseñanza, el Presidente de la República insistirá este año en aplicar el decreto de esencialidad en la Educación Secundaria?

 










 
















 

 

 
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